Control social
De acuerdo con los requerido en el artículo 17 de la Ley 489 de 1998, la Ley 1757 de 2015, y la Constitución Política de Colombia de 1991, Teveandina SAS. tiene la obligación de garantizar, orientar y fortalecer los mecanismos y procedimientos para que la ciudadanía en general, por medio de las diferentes etapas de la gestión pública (diagnóstico, formulación, ejecución, evaluación).
De igual manera, el control social en el marco de la participación ciudadana es una condición necesaria para la construcción de una paz estable y duradera, así como para el desarrollo de una consciencia e identidad ciudadana que permita que todos aportemos en el diálogo que día a día construye nuestro país.
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